Mediante la O.R. 431 Arequipa, se aprueba el REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR en materia ambiental
Mediante la O.R. 431 Arequipa, se aprueba el REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR en materia ambiental de la Autoridad Regional Ambiental
El procedimiento administrativo sancionador ambiental es un conjunto de actos a través de los cuales se investiga la posible comisión de una infracción administrativa derivada del incumplimiento de una obligación ambiental
El Reglamento tiene por objetivo regular el procedimiento administrativo sancionador conducente a investigar y determinar la existencia de infracciones administrativas, en materia Ambiental, en el ámbito de competencia de la fiscalización ambiental a cargo del Gobierno Regional de Arequipa, como Entidad de Fiscalización Ambiental- EFA, a través de la Autoridad Regional Ambiental de Arequipa - ARMA, que se encarga de las funciones específicas en materia ambiental del Gobierno Regional de Arequipa, de acuerdo a las competencias otorgadas con la Ordenanza Regional N° 413- Arequipa del año 2019 y la Ley del Sistema Nacional de Fiscalización Ambiental – SINEFA, así como la aplicación de sanciones y la adopción de medidas cautelares y correctivas.