Procedimiento Administrativo Sancionador por efectuar vertimiento de aguas residuales municipales de Locroja hacia la quebrada Huisincca y el río Ahuatario sin autorización de la ANA
Sancionar a la Municipalidad Distrital de Locroja con una multa equivalente a (1,3) UIT al haberse configurado la comisión de la Infracción, tipificada en el numeral 9) del Artículo 120° de la Ley N° 29338, concordante con el literal “d” del artículo 277° del Reglamento de la Ley, aprobado con D.S. N° 001-2010-AG, consistente en efectuar 02 vertimientos de4 aguas residuales municipales hacia la quebrada Huisincca” y al rio “Ahuatario”, sin autorización de la Autoridad Nacional de Agua, vertimientos ubicados en las coordenadas UTM WGS 84 (N: 8 591 248, E 560 511), y (N: 8 9561 280, E 559 617), ubicados en el Distrito de Locroja, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica.
La Municipalidad Distrital de Locroja en un plazo no mayor de 8 meses elaborar y presentar el Instrumento de Gestión Ambiental aprobado por el sector competente e inicio con los con los trámites para obtener la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas ante la ANA. Presentar Plan de Contingencia en 30 días calendarios, para evitar la afectación a la calidad de aguas de la quebrada “Huisincha”y el rio “Ahuatario”.
Tipo de norma
|
---|
Nro de la Norma
390-2019-ANA-AAA
|
Estado de la norma
Vigente
|
Fecha de publicación
Lunes, 08 Julio, 2019
|
Ubigeo INEI
|
Autor de la publicación o recurso
|
Idioma
|
País de origen de la Publicación o Recurso
|