Ordenanza que regula el procedimiento de incorporación vehicular por reemplazo en los operadores del servicio de transportes en auto colectivo y servicio de taxi

Descripción
En esta ordenanza dispone como condiciones de acceso para los vehiculos que ingresen por primera vez al servicio en las modalidades de Servicio de transporte en taxi y Servicio de auto colectivo, para reemplazo, los siguientes:No está permitido el acceso de vehiculos de categoría M1 con carrocería  multiproposito,  deben tener combustión a GLP o GNV, Deben tener una antiguedad no mayor a tres años contados a partir del año siguiente de su fabricación y las demas exigencias técnicas establecidas en las normas legales vigentes. 
Tipo de norma
Nro de la Norma
048-2013-MPT
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Jueves, 12 Diciembre, 2013
Autor de la publicación o recurso