Ordenanza que regula la obligatoriedad de carne de sanidad para manipuladores de alimentos

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Descripción
Mediante esta ordenanza se dispone la obligatoriedad de contar con el Carné de Sanidad en la jurisdicción de Trujillo, como documento personal e intransferible a todas aquellas personas naturales que están consideradas como manipuladores de Alimentos, y que por la naturaleza de sus labores tienen contacto directo con productos destinados al consumo humano y/o con el público en general, sea en la condición de propietario, conductor o dependiente de establecimiento comercial o de servidos, público o privado, con la finalidad de salvaguardar el derecho que tiene todo miembro de la comunidad a la protección de su salud.  
Tipo de norma
Nro de la Norma
16 - 2004 - MPT
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Sábado, 13 Noviembre, 2004
Autor de la publicación o recurso