Ordenanza que regula la obligatoriedad de carne de sanidad para manipuladores de alimentos
Fichero | Tamaño | Formato |
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2818.pdf | 23.1 KB |
Descriptores SINIA
Descripción
Mediante esta ordenanza se dispone la obligatoriedad de contar con el Carné de Sanidad en la jurisdicción de Trujillo, como documento personal e intransferible a todas aquellas personas naturales que están consideradas como manipuladores de Alimentos, y que por la naturaleza de sus labores tienen contacto directo con productos destinados al consumo humano y/o con el público en general, sea en la condición de propietario, conductor o dependiente de establecimiento comercial o de servidos, público o privado, con la finalidad de salvaguardar el derecho que tiene todo miembro de la comunidad a la protección de su salud.
Tipo de norma
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Nro de la Norma
16 - 2004 - MPT
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Estado de la norma
Vigente
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Fecha de publicación
Sábado, 13 Noviembre, 2004
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Ubigeo INEI
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Autor de la publicación o recurso
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