Ordenanza que prohíbe el comercio en la vía pública en el Distrito de Trujillo

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Descripción
La norma establece que los comerciantes de la vía pública deben adecuarse a lo establecido en la ordenanza dentro de los 15 días calendarios a partir del día siguiente de su publicación (07.12.14) de lo contrario no serán considerados como comerciantes ambulatorios bajo los términos y condiciones del reglamento aprobado.   La ordenanza vigente fue emitida en 1997 y era necesario actualizarla. La nueva Ordenanza Municipal Nº 047-2014-MPT busca la formalización del comercio autorizado en la vía pública y prevé sanciones pecuniarias más severas para los ambulantes que reincidan en la falta con retención, incautación y decomiso de productos, según sea el caso.
Tipo de norma
Nro de la Norma
047-2014-MPT
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Jueves, 04 Diciembre, 2014
Autor de la publicación o recurso