Decreto Supremo que precisa la obligación de solicitar opinión previa vinculante en defensa del patrimonio natural

Descripción
De conformidad con la legislación que regula las Áreas Naturales Protegidas, las entidades de nivel nacional, regional y local tienen la obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, en las actividades orientadas al aprovechamiento de los recursos naturales o a la habilitación de infraestructura que se realicen al interior de las Áreas Naturales Protegidas.
Tipo de norma
Nro de la Norma
004-2010-MINAM
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Lunes, 29 Marzo, 2010
Autor de la publicación o recurso