De conformidad con la legislación que regula las Áreas Naturales Protegidas, las entidades de nivel nacional, regional y local tienen la obligación de solicitar opinión técnica previa vinculante al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, en las actividades orientadas al aprovechamiento de los recursos naturales o a la habilitación de infraestructura que se realicen al interior de las Áreas Naturales Protegidas.
Decreto Supremo que precisa la obligación de solicitar opinión previa vinculante en defensa del patrimonio natural
dc.titleDecreto Supremo que precisa la obligación de solicitar opinión previa vinculante en defensa del patrimonio natural
dc.type.legal
Decreto Supremo
dc.title.code
004-2010-MINAM
dc.subject.sinia
areas naturales protegidas
dc.subject.sinia
areas de conservacion regional
dc.subject.sinia
areas de conservacion privada
dc.subject.sinia
metodos de valoracion del patrimonio natural
dc.subject.sinia
competencias ambientales nacionales
dc.subject.sinia
competencias ambientales regionales y locales
dc.description.abstract
dc.description.repository
SIAL Trujillo
dc.contributor.author
Ministerio del Ambiente - MINAM
dc.date.issued
dc.identifier.url
https://sinia.minam.gob.pe//sites/default/files/sial-sialtrujillo/archivos/public/docs/261.pdf