II Modificación del plan de Cierre de Minas de la Unidad Minera MINA MARTA., de la CIA Minera Barbastro S.A.C.-Huancavelica

Descripción

El Encargado de la unidad Técnica de Asuntos Ambientales de la Dirección regional de Energía y Minas de Huancavelica, en cumplimiento del Art. 41 de la ley Gral. Del Ambiente remite el presente con el presente con el objetivo de poner de conocimiento público la Segunda Modificación del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera Mina Marta, se encuentra sustentada en concordancia al artículo 21° del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 033-2005-EM, mismo que indica que el titular minero podrá presentar una modificación al Plan de Cierre de Minas aprobado cuando varíen las condiciones legales, tecnológicas u operacionales que afecten las actividades de cierre de un área, labor o instalación minera, o su presupuesto. Conforme a ello, en el expediente de la presente Segunda Modificación del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera Mina Marta, materia de la solicitud, propone:

* Incluir el informe presentado a la DGM correspondiente a las actividades de cierre del Segundo Informe Semestral de Cierre del año 2017, en cuyo informe se muestran los diseños de las ingenierías de detalle, con mejoras en las condiciones de cierre de los siguientes componentes: Bocaminas, Chimeneas y Desmonteras.

Y reprogramar el cronograma de cierre del Sistema de Almacenamiento y Abastecimiento de Combustible, y la Sub Estación Eléctrica en el último año del post cierre, por motivos de uso de los componentes en la etapa de mantenimiento y monitoreo post cierre.

* Excluir los componentes (acceso principal de la Comunidad Campesina de Pueblo Libre, desde la playa de estacionamiento hacia la bocamina principal y el acceso de la zona de Orcconccocha de la Comunidad Campesina de Tinyacclla) del Plan de Cierre de Minas de la unidad minera “Mina Marta”, conforme a lo detallado en la Resolución Directoral No. 0877-2018/MEM-DGM-V.

 

Considera como objetivo fundamental eliminar, mitigar y controlar los efectos adversos al área utilizada o perturbada por la actividad minera, para que esta alcance características de ecosistema compatible con un ambiente saludable, adecuado para el desarrollo biológico y la preservación paisajista, en cumplimiento oportuno de las normas técnicas y ambientales de minería aplicable y vigentes, así como la política ambiental establecida de la compañía,  garantizando la adecuada protección ambiental en toda el área de influencia de la unidad minera Mina Marta y lograr el autosostenimiento del entorno.

 

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