Prohiben caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000
Descripción
Esta norma prohibe a partir del 1 de enero del año 2000 la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de todo espécimen, productos y/o subproductos de las especies de fauna silvestre, a excepción de las provenientes de Zoocriaderos o de Áreas de Manejo de Fauna Silvestre, debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura. Aprueba también la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, que se especifican en la presente norma formando parte del presente Decreto Supremo.
Tipo de norma
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Nro de la Norma
013-1999-AG
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Estado de la norma
Vigente
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Fecha de publicación
Miércoles, 19 Mayo, 1999
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Autor de la publicación o recurso
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