Esta norma prohibe a partir del 1 de enero del año 2000 la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de todo espécimen, productos y/o subproductos de las especies de fauna silvestre, a excepción de las provenientes de Zoocriaderos o de Áreas de Manejo de Fauna Silvestre, debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura. Aprueba también la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, que se especifican en la presente norma formando parte del presente Decreto Supremo.
Prohiben caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000
dc.titleProhiben caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000
dc.type.legal
Decreto Supremo
dc.title.code
013-1999-AG
dc.subject.sinia
fauna
dc.subject.sinia
productos derivados de fauna silvestre
dc.subject.sinia
valor economico de flora y fauna
dc.subject.sinia
valor economico de la proteccion o conservacion de la biodiversidad
dc.description.abstract
dc.description.repository
SIAL Trujillo
dc.contributor.author
Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI
dc.date.issued
dc.identifier.url
https://sinia.minam.gob.pe//sites/default/files/sial-sialtrujillo/archivos/public/docs/168.pdf