Mejoramiento del servicio de movilidad urbana en el Jr. Prolongación Leoncio Prado Cuadra 01 (Puente la Despensa) sobre la quebrada Utegmayo, en el centro poblado la Despensa, Distrito de Santa Maria del Valle de la Provincia de Huanuco del departamento d

Descriptores SINIA
Palabras Clave (materia)
Metadatos Mostrar el registro completo del ítem
COMPATIR
Descripción

Mediante la presente resolución, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Huánuco ha otorgado la conformidad ambiental a la Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA) del proyecto urbano "Mejoramiento del Servicio de Movilidad Urbana en el Jr. Prolongación Leoncio Prado Cuadra 01 (Puente La Despensa) sobre la Quebrada Utegmayo, en el Centro Poblado La Despensa, Distrito de Santa María del Valle, Provincia de Huánuco", identificado con CUI N° 2703681. Esta aprobación, que constituye un requisito previo y obligatorio para el inicio de las obras, se enmarca en un instrumento de gestión ambiental de naturaleza preventiva, dirigido a intervenciones del sector transportes con impactos ambientales leves que no requieren ingreso al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA).

El respaldo legal de esta decisión se fundamenta en el conjunto de normas ambientales sectoriales, incluyendo la Ley General del Ambiente, la Ley del SEIA y el Reglamento de Protección Ambiental del Sector Transportes, así como sus modificatorias y los lineamientos específicos para FITSA. La Municipalidad Distrital de Santa María del Valle, en su calidad de titular, presentó la documentación técnica requerida, la cual fue sometida a un proceso de revisión que incluyó la formulación de observaciones y su posterior levantamiento por parte del titular, verificándose finalmente el cumplimiento de los términos de referencia, la idoneidad del equipo profesional (representado por la consultora JACEAR CONSULTORIA E INGENIERIA E IRL, con registro en SENACE) y la viabilidad ambiental del proyecto.

La resolución establece un conjunto de obligaciones para el titular, entre las que destacan la implementación de las medidas ambientales y sociales contempladas en la FITSA, la comunicación del inicio de obras a la GRRNGA y a la DGAAM del MTC, la presentación de informes de cumplimiento y el registro de las obligaciones ambientales en el aplicativo GAVI. Se enfatiza que la conformidad ambiental no exime de la obtención de otras autorizaciones municipales o sectoriales, y que la información declarada tiene carácter de declaración jurada, bajo responsabilidad solidaria del titular y de los profesionales que suscribieron el estudio, quedando sujeta a fiscalización y supervisión por parte de la autoridad ambiental competente.

Nro de la Norma
127-2026-GRH/GRRNGA
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Viernes, 21 Agosto, 2026
Autor de la publicación o recurso
Idioma
País de origen de la Publicación o Recurso