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Decreto Legislativo N° 1102 .- Decreto Legislativo que incorpora al codigo penal los delitos de minería ilegal

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La norma incopora 06 articulos estableciendo que el delito de minería ilegal será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de ocho años y con cien a seiscientos dias-multa al que realice la actividad de exploración, extracción, explotación, u otros actos similares, de recursos minerales, metalicos o no metalicos sin contar con la autorización de la entidad administrativa competente, que cause o pueda causar perjuicio, alteración o daño al ambiente o sus componentes, la calidad ambiental o la salud ambiental.

 

Tipo de Norma: 
Número de la norma: 
1102
Estado de la norma: 
Vigente
Fecha de aprobación de la norma: 
Miércoles, 29 Febrero, 2012