Decreto Supremo N° 010-2018-MINAM .- Aprueban Límites Máximos Permisibles para Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto
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El presente decreto supremo es aplicable a los titulares de las licencias de operación vigentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto, que dispongan sus efluentes en cuerpos de agua marinos o continentales (lóticos o lénticos), con excepción de aquellos que vierten sus efluentes en la red de alcantarillado o destinen sus efluentes para el reúso de conformidad con la normativa vigente.
Tipo de Norma:
Número de la norma:
010-2018-MINAM
Estado de la norma:
Vigente
Fecha de aprobación de la norma:
Domingo, 30 Septiembre, 2018
Elaborado por:
Ámbito de aplicación:
Representación Territorial:
Descriptores temáticos: