Aprueban Límites Máximos Permisibles para Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto

Descripción

El presente decreto supremo es aplicable a los titulares de las licencias de operación vigentes de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano directo e indirecto, que dispongan sus efluentes en cuerpos de agua marinos o continentales (lóticos o lénticos), con excepción de aquellos que vierten sus efluentes en la red de alcantarillado o destinen sus efluentes para el reúso de conformidad con la normativa vigente.

Tipo de norma
Nro de la Norma
010-2018-MINAM
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Domingo, 30 Septiembre, 2018
Ubigeo INEI
Autor de la publicación o recurso