Aprueban cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de especímenes de fauna silvestre de las especies "sajino" y "huangana" provenientes de la caza de subsistencia

Descripción

Se aprueba la cuota máxima de comercialización de cueros y/o pieles de especímenes de fauna silvestre de las especies Pecari tajacu “sajino” y Tayassu pecari “huangana” provenientes de la caza de subsistencia (despojos no comestibles), por el periodo de un año calendario, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, conforme al Anexo I.

El Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) aprobó las cuotas máximas para la comercialización de cueros y pieles de las especies "sajino" (Pecari tajacu) y "huangana" (Tayassu pecari) obtenidos como despojos no comestibles de la caza de subsistencia. La medida, que tendrá una vigencia de un año calendario y lleva la firma de la Directora Ejecutiva (e) Fabiola Muñoz Dodero, establece un límite de comercialización total de 66,289 pieles de sajino y 34,012 de huangana distribuidas estratégicamente entre diversas regiones amazónicas y andinas del país. Con esta disposición legal, las Autoridades Regionales Forestales y de Fauna Silvestre quedan obligadas a supervisar minuciosamente el control de este comercio e informar periódicamente al SERFOR, asegurando la trazabilidad de los recursos y desalentando el tráfico ilegal de fauna.

 

Tipo de norma
Nro de la Norma
014-2016-SERFOR-DE
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Jueves, 04 Febrero, 2016
Autor de la publicación o recurso
País de origen de la Publicación o Recurso