Prohiben caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de especies de fauna silvestre no autorizados por el INRENA, a partir del año 2000.

Descripción

Esta norma prohibe a partir del 1 de enero del año 2000 la caza, extracción, transporte y/o exportación con fines comerciales de todo espécimen, productos y/o subproductos de las especies de fauna silvestre, a excepción de las provenientes de Zoocriaderos o de Areas de Manejo de Fauna Silvestre, debidamente autorizados por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura. Aprueba también la categorización de especies amenazadas de fauna silvestre, que se especifican en la presente norma formando parte del presente Decreto Supremo.

Tipo de norma
Nro de la Norma
013-99-AG
Fecha de publicación
Miércoles, 19 Mayo, 1999
Autor de la publicación o recurso