ORDENANZA QUE APRUEBA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS

Descripción
ORDENANZA QUE APRUEBA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE RUIDOS MOLESTOS EN EL DISTRITO DE PUNO
Artículo I°.- La presente Ordenanza. tiene por objeto establecer las definiciones y las normas relativas a la regulación, control, excepciones y prohibiciones, sobre los ruidos sonidos o vibraciones molestos., producidos en la vía pública. calles, plazas. salas de espectáculos, eventos de reuniones. casas o locales de diversión y comercio de todo género. iglesias, casas religiosas y en general cualquier inmueble o lugar. abierto o cerrado en que se desarrollen de manera individual o colectiva actividades públicas o privadas dentro de la jurisdicción del distrito de Puno, quedando obligados a su cumplimiento los ciudadanos, instituciones públicas y privadas y en general cualquier persona natural o jurídica instaladas en esta jurisdicción.
Artículo 2°.- Por la presente Ordenanza queda prohibido en el distrito de Puno todo ruido o sonido molesto que por su intensidad por encima de los estándares permisibles ocasionen molestias y perturben la tranquilidad de los habitantes de la ciudad de Puno. sea de día o de noche y cualquiera• que fuera su origen de emisión. 
 
Tipo de norma
Nro de la Norma
214
Estado de la norma
Derogado
Fecha de publicación
Viernes, 08 Diciembre, 2017
Ubigeo INEI
Autor de la publicación o recurso