Oficializan reconocimiento definitivo y nuevo reglamento de la CAR

Descripción

El Gobierno Regional de Moquegua consolidó un hito en su gobernanza ecológica al aprobar de forma unánime la Ordenanza Regional N° 09-2013-CR/GRM, un dispositivo legal estratégico que reconoce jurídicamente a la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Moquegua como la máxima instancia multisectorial encargada de coordinar, concertar y articular la política ambiental de la región con el Ministerio del Ambiente. El dictamen normativo, impulsado en el marco del ordenamiento jurídico nacional, no solo define las competencias de fiscalización y diálogo entre los sectores público, privado y la sociedad civil organizada, sino que además unifica la línea legal de la comisión al subsanar vacíos históricos de decretos anteriores y dotar a la institución de un nuevo Reglamento Interno integral compuesto por 26 artículos que guiarán la planificación ambiental subnacional.

  • Artículo Primero: Reconoce formalmente a la Comisión Ambiental Regional (CAR) de Moquegua como la instancia multisectorial oficial de gestión ambiental regional, asignándole la tarea de coordinar y concertar la política ambiental, promoviendo el acuerdo público-privado y la articulación con el Ministerio del Ambiente.

  • Artículo Segundo: Aprueba las funciones principales de la CAR Moquegua, las cuales incluyen la concertación de políticas, la elaboración participativa del Plan y la Agenda Ambiental Regional, la formulación de propuestas de instrumentos de gestión, y el soporte en la resolución de conflictos socioambientales y el desarrollo de sistemas locales.

  • Artículo Tercero: Aprueba la composición orgánica de la CAR Moquegua, integrando formalmente a delegados del Gobierno Regional, Consejo Regional, las tres municipalidades provinciales, direcciones regionales sectoriales, organismos técnicos descentralizados (SENAMHI, IMARPE, SENASA, ALA), el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, universidades, gremios empresariales (minero, pesquero, agrario) y representantes de la sociedad civil.

  • Artículo Cuarto: Establece que la Presidencia de la comisión será designada directamente por el Gobierno Regional a partir de la propuesta interna formulada por los propios miembros de la CAR Moquegua.

  • Artículo Quinto: Aprueba el nuevo Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Regional, el cual consta de seis (VI) Títulos y veintiséis (26) artículos, facultando además al Ejecutivo Regional para realizar futuras modificaciones mediante Decreto Ejecutivo Regional.

  • Artículo Sexto: Deroga en su totalidad las anteriores Ordenanzas Regionales N° 012-2009-CR/GRM y N° 018-2012-CR/GRM, dejando sin efecto legal aquellas estructuras normativas previas que se opongan al presente ordenamiento.

  • Artículo Séptimo: Dispone la entrada en vigencia formal de la norma a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y/o en el portal web institucional del Gobierno Regional.

 

Tipo de norma
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Viernes, 20 Septiembre, 2013
Ubigeo INEI
Idioma
País de origen de la Publicación o Recurso