Ley que regula el contenido de azufre en el combustible diésel

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Descripción
El objeto de la presente Ley es declarar de necesidad pública y de preferente interés nacional la regulación de los niveles de azufre contenidos en el combustible diésel, con la finalidad de salvaguardar la calidad del aire y la salud pública. A partir del 1 de enero de 2010 queda prohibida la comercialización para el consumo interno de combustible diésel cuyo contenido de azufre sea superior a las 50 partes por millón por volumen.
Nro de la Norma
28694
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Lunes, 20 Marzo, 2006
Autor de la publicación o recurso