Convención sobre el Estatuto de los Apátridas

Fichero Tamaño Formato
4401.pdf 194.25 KB PDF
Descriptores SINIA
Metadatos Mostrar el registro completo del ítem
COMPATIR
Descripción

A los efectos de la presente Convención, el término “apátrida” designará a toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación.

La convecion fue aprobada por Resolución Legislativa Nº 30108 del 20 de noviembre de 2013 y ratificada por Decreto Supremo Nº 068-2013-RE del 17 de noviembre de 2013.

 

Tipo de norma
Nro de la Norma
S/N
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Sábado, 26 Julio, 2014
Ubigeo INEI
Autor de la publicación o recurso