Conforman la Comisión Multisectorial, de naturaleza temporal, denominada “Comisión Multisectorial Técnica de la Gestión Integral del Plástico de un Solo Uso”

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R003-2020-MINAM.pdf | 208.73 KB |
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría respecto a ella;
Que, mediante Ley N° 30884, se aprueba la Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, la cual tiene por finalidad contribuir en la concreción del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto adverso del plástico de un solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre y de otros contaminantes similares, en la salud humana y del ambiente;
Que, de acuerdo a lo señalado por el literal c) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 30884, en un plazo de 36 meses, contados a partir de la vigencia de dicha Ley, se prohíbe la fabricación para el consumo interno, importación, distribución, entrega, comercialización y uso de recipientes o envases y vasos de poliestireno expandido (tecnopor) para alimentos y bebidas de consumo humano;
Que, según lo dispuesto por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30884, el Poder Ejecutivo, con participación de los sectores o ministerios correspondientes, debe diseñar e implementar, una política pública para la educación, sensibilización, promoción de investigación, tecnología u otras relacionadas al consumo y/o producción sostenible del plástico y proyectos orientados a mitigar el impacto negativo en el ambiente y la contaminación producida por el plástico;
Tipo de norma
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Nro de la Norma
003-2020-MINAM
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Estado de la norma
Vigente
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Fecha de publicación
Jueves, 29 Octubre, 2020
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Ubigeo INEI
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Autor de la publicación o recurso
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Idioma
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País de origen de la Publicación o Recurso
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