Aprueban Ordenanza que Declara Áreas Intangibles, de Protección y Conservación Ambiental y Turismo, las Laderas de los Cerros de las Urbanizaciones y Centros Poblados de Comas

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Descripción

Mediante la presente norma, se prohibe que en las laderas de los cerros, riveras de ríos y/o quebradas del distrito de Comas, se produzcan ocupaciones ilegales (invasiones) de terreno de propiedad pública y/o privada con fines de vivienda u otra índole”. Asimismo, se declara que las laderas de los cerros que circundan a las urbanizaciones y centros poblados del distrito de Comas, serán destinadas únicas y exclusivamente para usos de arborización, fines ecológicos y/o turísticos, conforme al plano de sectorización del Distrito de Comas en el ámbito urbano.

 

Tipo de norma
Nro de la Norma
437/MC
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Jueves, 18 Junio, 2015