Aprueban los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en el distrito de Comas

La presente ordenanza municipal, aprueba los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos, que establecen los límites máximos permitidos para la generación de ruidos así como la regulación de su prevención y control en el Distrito de Comas, con la finalidad de educar a los vecinos en la no generación de ruidos que puedan alterar la salud y tranquilidad de las personas.

En observancia de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido se establecen como límites máximos permitidos para la generación de ruido los siguientes:

Horario Diurno
(07.00 A 22.00)

Nocturno
(22.01 A 06.59)

Zona de Protección Especial (zonas en donde se ubican centros hospitalario o de salud, educativos, asilos, y orfanatos).

50 DECIBLES

40 DECIBELES

Zona Residencial

60 DECIBELES

50 DECIBELES

Zona Comercial

70 DECIBELES

60 DECIBELES

Zona Industrial

80 DECIBELES

70 DECIBELES

 

Fichero Tamaño Formato
3411.pdf 56.56 KB PDF
Tipo de norma
Nro de la Norma
385-MDC
Estado de la norma
Vigente
Fecha de publicación
Martes, 04 Junio, 2013
Autor de la publicación o recurso
Descriptores SINIA
Metadatos Mostrar el registro completo del ítem
COMPATIR