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Ordenanza Municipal N° 385-MDC .- Aprueban los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en el distrito de Comas

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La presente ordenanza municipal, aprueba los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos, que establecen los límites máximos permitidos para la generación de ruidos así como la regulación de su prevención y control en el Distrito de Comas, con la finalidad de educar a los vecinos en la no generación de ruidos que puedan alterar la salud y tranquilidad de las personas.

En observancia de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido se establecen como límites máximos permitidos para la generación de ruido los siguientes:

Horario Diurno
(07.00 A 22.00)

Nocturno
(22.01 A 06.59)

Zona de Protección Especial (zonas en donde se ubican centros hospitalario o de salud, educativos, asilos, y orfanatos).

50 DECIBLES

40 DECIBELES

Zona Residencial

60 DECIBELES

50 DECIBELES

Zona Comercial

70 DECIBELES

60 DECIBELES

Zona Industrial

80 DECIBELES

70 DECIBELES

 

Tipo de Norma: 
Número de la norma: 
385-MDC
Estado de la norma: 
Vigente
Fecha de aprobación de la norma: 
Martes, 4 Junio, 2013
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