Ordenanza Municipal N° 385-MDC .- Aprueban los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en el distrito de Comas
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La presente ordenanza municipal, aprueba los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos, que establecen los límites máximos permitidos para la generación de ruidos así como la regulación de su prevención y control en el Distrito de Comas, con la finalidad de educar a los vecinos en la no generación de ruidos que puedan alterar la salud y tranquilidad de las personas.
En observancia de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido se establecen como límites máximos permitidos para la generación de ruido los siguientes: |
Horario Diurno |
Nocturno |
Zona de Protección Especial (zonas en donde se ubican centros hospitalario o de salud, educativos, asilos, y orfanatos). |
50 DECIBLES |
40 DECIBELES |
Zona Residencial |
60 DECIBELES |
50 DECIBELES |
Zona Comercial |
70 DECIBELES |
60 DECIBELES |
Zona Industrial |
80 DECIBELES |
70 DECIBELES |