Aprueban los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos en el distrito de Comas
Fichero | Tamaño | Formato |
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3411.pdf | 56.56 KB |
La presente ordenanza municipal, aprueba los Lineamientos de Prevención y Control de Ruidos Molestos, que establecen los límites máximos permitidos para la generación de ruidos así como la regulación de su prevención y control en el Distrito de Comas, con la finalidad de educar a los vecinos en la no generación de ruidos que puedan alterar la salud y tranquilidad de las personas.
En observancia de los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para ruido se establecen como límites máximos permitidos para la generación de ruido los siguientes: | Horario Diurno | Nocturno |
Zona de Protección Especial (zonas en donde se ubican centros hospitalario o de salud, educativos, asilos, y orfanatos). | 50 DECIBLES | 40 DECIBELES |
Zona Residencial | 60 DECIBELES | 50 DECIBELES |
Zona Comercial | 70 DECIBELES | 60 DECIBELES |
Zona Industrial | 80 DECIBELES | 70 DECIBELES |
Tipo de norma
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Nro de la Norma
385-MDC
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Estado de la norma
Vigente
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Fecha de publicación
Martes, 04 Junio, 2013
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Autor de la publicación o recurso
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