Aprueban la Creación, Instalación y Funciones de la Plataforma Regional de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático
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La Ley Nº 30754, Ley Marco Sobre el Cambio Climático, que tiene por objeto establecer “Los principios, enfoques y disposiciones generales para coordinar, articular, diseñar, ejecutar, reportar, monitorear, evaluar y difundir las políticas públicas para una gestión integral, participativa y transparente de las medidas de adaptación y mitigación de cambio climático a fin de reducir la vulnerabilidad del país al cambio climático (…)”, en su artículo 4º, establece que: “Las medidas de adaptación y mitigación al cambio climático se incorporan a las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de los tres niveles de gobierno, en el marco de sus competencias y funciones coherentemente y complementaria, bajo un proceso participativo transparente e inclusivo con el sector privado y la sociedad civil, con especial énfasis en los pueblos indígenas u originarios, a fin de integrar la gestión del cambio climático y el desarrollo del país en armonía con la Naturaleza”
El Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de febrero del dos mil veinticuatro, la misma que consta en Acta, aprobaron por unanimidad la siguiente:
APROBAR la “Creación, Instalación y Funciones de la Plataforma Regional de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático”, como la institucionalidad indígena regional de participación, formulación y decisión de políticas, planes, programas y estrategias de acción frente al cambio climático; el mismo que, por la naturaleza de sus funciones tiene carácter permanente.
La “Plataforma Regional de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático” está conformada por:
a) Dos (02) representantes titulares de cada Base Regional de las organizaciones indígenas (CORPIAA, ORAU, ORNAU, URPIA, ORDEMI y FEMIPA) que conforman el Consejo Directivo Nacional de la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (PPICC);
b) Dos (02) representantes observadores de cada Organización Nacional de las organizaciones indígenas (AIDESEP, CONAP y ONAMIAP) que conforman el Consejo Directivo Nacional de la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (PPICC) cuando sea necesario y a solicitud de sus bases;
c) Un/a (01) representante titular de la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali;
d) Un/a (01) representante titular de la Dirección Desconcentrada de Cultura;
e) Un/a (01) representante titular de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;
f) Un/a (01) representante titular de la Gerencia Regional de Desarrollo de Pueblos Indígenas de Ucayali;
g) Un/a (01) representante titular de la Gerencia General del Gobierno Regional de Ucayali, este último será quien lo presidirá.
Una vez instalada la “Plataforma Regional de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático”, sus integrantes podrán decidir el incorporar a otras organizaciones indígenas regionales representativas, según corresponda.
Tipo de norma
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Nro de la Norma
001-2024-GRU-CR
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Estado de la norma
Vigente
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Fecha de publicación
Lunes, 12 Febrero, 2024
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Autor de la publicación o recurso
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