Mediante la presente norma se aprueban los “Términos de Referencia Comunes del contenido hídrico que deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales”, los cuales deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales a fin que sean acordes con la nueva normativa en materia de certificación ambiental; y, de este modo generar mayor predictibilidad y celeridad con relación a la opinión que corresponde emitir a la Autoridad Nacional del Agua en el marco de lo establecido en el artículo 81° de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos.
Aprueban “Términos de Referencia Comunes del contenido hídrico que deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales”
dc.titleAprueban “Términos de Referencia Comunes del contenido hídrico que deberán cumplirse en la elaboración de los estudios ambientales”
dc.type.legal
Resolución Jefatural
dc.title.code
090-2016-ANA
dc.subject.sinia
estudios de impacto ambiental
dc.subject.sinia
gestion de recursos hidricos de cuenca
dc.description.abstract
dc.description.repository
SINIA MINAM
dc.date.issued
dc.identifier.url
https://sinia.minam.gob.pe//sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/directiva_090-2016-ana.pdf
dc.identifier.url
https://sinia.minam.gob.pe/ /sites/default/files/sinia/archivos/public/docs/rj_090-2016-ana.pdf