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Compendio: Compendio de la Legislación Ambiental Peruana. Vol VIII: Evaluación y Fiscalización Ambiental.

La fiscalización y el control de las obligaciones y derechos ambientales que le conciernen a los titulares de actividades, así como a los organismos que cumplen funciones ambientales, representa uno de los ejes centrales que permiten garantizar una adecuada performance ambiental, conjuntamente con los mecanismos de promoción, fomento o estímulo.

De acuerdo al Artículo 44º de la Constitución Política del Perú es deber del Estado la protección de los derechos fundamentales, la seguridad de la población, el bienestar general. Por consiguiente la potestad sancionadora es vital para cumplir dichas funciones en tanto se recrimina a aquellos que actúen ilícitamente en detrimento de un bien jurídicamente protegido.

En resumen, el tema de fondo no es determinar qué organismo realiza la gestión y fiscalización. El Estado tiene que invertir tiempo, conocimiento y dinero, para establecer un sistema de fiscalización que funcione, con normas, procedimientos, financiamiento y profesionales capacitados para actuar previsora y oportunamente, con el fin de corregir las deficiencias y mejorar el desempeño de los integrantes del Estado. Se debe invertir en un modelo de gestión eficiente, lo cual implica el fortalecimiento de la gestión al margen de la institución a la que se le asignen las funciones y atribuciones de fiscalización.

 

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    Agosto 2009
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    184
    Lugar de Edición: 
    Lima
    País de edición: 
    Perú

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