Qué es el RETC?
El Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes – RETC, es un mecanismo de gestión de información ambiental articulado al Sistema Nacional de Información Ambiental – SINIA, consistente en un inventario o base de datos de los materiales y sustancias químicas potencialmente dañinas a la salud humana, que son emitidas al ambiente y/o transferidas fuera del lugar de generación para su tratamiento o disposición final.
El RETC tiene carácter informativo y no es constitutivo de derechos, por lo que no es limitativo para el otorgamiento de títulos habilitantes.


Información importante
Preguntas frecuentes
El RETC busca facilitar el acceso público a la información sobre emisiones y transferencias de contaminantes, contribuyendo en los procesos de toma de decisiones en materia de gestión ambiental, mejorando la formulación e implementación de políticas, promoviendo la mejora en el desempeño ambiental y la competitividad del país.
Reportan al RETC las actividades sujetas al Listado de Inclusión del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), que deban realizar monitoreos ambientales de emisiones en cumplimiento de sus instrumentos de gestión ambiental, regulaciones u obligaciones ambientales, o que se encuentren incluidas en el cuadro siguiente. Ver Anexo I
Las entidades declarantes remiten anualmente su declaración de emisiones y transferencias de contaminantes para cada uno de los establecimientos bajo su control o administración susceptibles de emitir o transferir uno o más de los parámetros contemplados en el Anexo 2:
La información a reportar es la siguiente:
a) Los datos del establecimiento que considera información relevante sobre las características del mismo y las operaciones realizadas, incluyendo información
sobre sus procesos, así como el consumo de agua y energía.
b) La cantidad de emisiones al aire, agua y suelo que se emitan al ambiente, respecto de los parámetros que se encuentran listados en el Anexo Nº 2, de acuerdo a las características de su proceso productivo y que no hayan sido reportados en los monitoreos ambientales.
c) Las transferencias de aguas residuales y residuos fuera del establecimiento, de acuerdo a las características de su proceso productivo.
d) Información sobre la implementación de prácticas ambientales, gestión operativa, certificaciones obtenidas y/o medidas de mitigación de emisiones
El ciclo de reporte RETC se realiza anualmente y considera tres (03) etapas que se detallan a continuación:
- Etapa I: Recepción de la Declaración Anual RETC y de información proveniente de las entidades facilitadoras, hasta el último día hábil del mes de marzo de cada año.
- Etapa II: Verificación de los datos por parte del MINAM y notificación de los datos verificados por los declarantes hasta el último día hábil del mes de noviembre de cada año.
- Etapa III: Publicación de reporte de emisiones con la información verificada, hasta el último día hábil del mes de diciembre de cada año.
Las entidades declarantes determinan las emisiones y transferencias de contaminantes sobre la base de métodos reconocidos por el MINAM los cuales pueden agruparse de la siguiente manera:
- Mediciones, utilizando métodos estandarizados; por lo general son necesarios cálculos adicionales para convertir los resultados de medidas (concentraciones) en datos de emisión anual (carga anual), entre estos métodos destacan el monitoreo continuo y el monitoreo discontinuo
- Cálculos, empleando métodos de estimación como el balance de masa y factores de emisión, los cuales son representativos para los sectores industriales.
- Estimaciones, utilizando métodos o aproximaciones no estandarizadas a nivel internacional aplicables únicamente cuando no se puedan usar métodos basados en mediciones y cálculos indicados en los literales precedentes. Un método estimativo puede ser en base a cálculos de Ingeniería, en ausencia de metodologías reconocidas de estimación de emisiones o de guías de buenas prácticas, entre otros.
Para los cálculos basados en el método de Factor de emisión, se emplean aquellos aprobados por el MINAM, en tanto estos no se aprueben, se toma como referencia los factores de emisión de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) establecidos en el documento “AP-42, Compilation of Air Pollutant Emission Fact”, así como los inventarios de emisiones EMEP (European Monitoring and Evaluation Programme) de la Agencia Europea de Medio Ambiente.
En caso no se cuenten con métodos aprobados en protocolos por la legislación nacional, se toma como métodos válidos para el cálculo o estimación de emisiones y transferencias de contaminantes a los siguientes:
- Monitoreo Continuo
- Monitoreo Discontinuo (Puntual)
- Cálculos de Ingeniería
- Balance de Masa
- Factores de Emisión
El monitoreo continuo o discontinuo para los cálculos de emisiones se realizará de acuerdo a metodologías aprobadas en la normatividad vigente.
Declaración de emisiones y transferencias de contaminantes
Formulario A: Procesos del establecimiento
- Flujograma(s) del (de los) proceso (s) realizado(s) en el establecimiento, para lo cual deberán subir un archivo en formato PDF o XLS.
- Datos sobre consumo anual de energía eléctrica en Watts/año.
- Consumo anual de combustible desagregando según fuente, tipo de combustible empleado, la cantidad y densidad.
- Consumo anual de agua en litros de forma diferenciada según agua de proceso y agua de oficinas u otras instalaciones no relacionadas con el proceso.
Formulario B: Emisiones
- Sección Chimeneas, el responsable de establecimiento registrará para cada una de las chimeneas existentes en su establecimiento los datos de presión, temperatura, fracción de gas seco, flujo volumétrico, horas de funcionamiento anuales, así como altura y diámetro de la chimenea, entre otros.
- Sección Descargas, el responsable de establecimiento registrará para cada ducto de descarga existente en su establecimiento información sobre caudal y tiempo de descarga anual, entre otros.
- Sección Emisiones, el responsable de establecimiento registrará para cada parámetro emitido el cuerpo receptor, la cantidad en Kg/año y el método de cálculo empleado (medido o estimado), entre otros.
Formulario C: Vertimientos
- Cantidades de aguas residuales generadas, tratadas, reusadas, vertidas al cuerpo receptor y transferidas fuera del establecimiento. Para cada una de las cantidades declaradas deberá indicar la unidad de medida y el método de cálculo empleado.
Formulario D: Datos de Gestión Ambiental
- Información sobre sistemas de gestión o certificaciones obtenidas por el establecimiento, que estén orientadas a la mejora del desempeño ambiental y la ecoeficiencia en los procesos. Para cada sistema de gestión o certificación registrado se consigna el nombre, fecha de obtención y vigencia.
- Información sobre medidas de mitigación de emisiones implementadas.