Autorizaciones sanitarias para vertimiento o reuso de aguas residuales industriales
Este indicador detalla el número de autorizaciones sanitarias del sistema de tratamiento y disposición sanitaria de aguas residuales industriales para vertimiento registradas en un periodo de tiempo determinado.
Conforme a lo establecido en la Ley 29338, La Autoridad Nacional autoriza el vertimiento del agua residual tratada a un cuerpo natural de agua continental o marina, previa opinión técnica favorable de las Autoridades Ambiental y de Salud sobre el cumplimiento de los Estándares de Calidad Ambiental del Agua (ECA-Agua) y Límites Máximos Permisibles (LMP). Queda prohibido el vertimiento directo o indirecto de agua residual sin dicha autorización.
Se entiende por reuso de agua residual a la utilización de aguas residuales tratadas resultantes de las actividades antropogénicas.
Asimismo, la Autoridad Nacional del Agua establece los requisitos y aprueba el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones de reuso de aguas residuales tratadas
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